Para comenzar, ¿qué es el roaming? El roaming o itinerancia es el servicio que te permite utilizar el móvil cuando viajas temporalmente fuera del país donde vives habitualmente o donde tienes vínculos estables (por ejemplo, donde trabajas o estudias). Así pues, para que se considere que estás en itinerancia, debes pasar más tiempo o utilizar más tu teléfono móvil en ese país que en el extranjero y de ese modo te cobrarán las tarifas nacionales en las llamadas, los mensajes y la utilización de datos en la UE. Esto es lo que se considera una «utilización razonable de los servicios de roaming».
NOTA: Si utilizas el móvil en otro país de forma permanente, por ejemplo, si te vas a vivir al extranjero y conservas la tarjeta SIM de tu país de origen, tu operador de telefonía móvil puede cobrar un suplemento por roaming. No obstante, esas tarifas están limitadas según la política de utilización razonable.
Los operadores de telefonía móvil pueden aplicar la «política de utilización razonable» para garantizar que todos los clientes tengan acceso y puedan beneficiarse de las normas de la «itinerancia como en casa» (servicios de roaming con tarifa nacional, sin recargos) cuando viajen dentro de la UE. Eso significa que tu operador puede aplicar mecanismos de control justos, razonables y proporcionados para evitar el uso abusivo de estas normas.
Cuando estás en roaming, no hay ninguna restricción de volumen para las llamadas de voz y los mensajes de texto (SMS). Las llamadas o mensajes que no se incluyan en tu contrato estarán sujetos a las mismas tarifas que en tu país de origen. No obstante, sí hay normas y límites aplicables al volumen de datos que se puede facturar a precios nacionales. Los límites dependen del tipo de contrato.
En algunos casos específicos (ver más abajo), es posible que tengas que abonar un recargo por itinerancia de datos igual al límite máximo de las tarifas mayoristas de datos a escala de la UE. El importe máximo es de 2 euros/GB de datos en, más IVA, y disminuirá progresivamente. A partir de 2027, se limitará a 1 euro/GB, más IVA.
Si tienes un contrato con un volumen de datos limitado, puedes hacer uso de ese volumen de datos sin recargo alguno cuando viajes por la UE. Tu límite de datos en roaming es el mismo que el de tu contrato.
Sin embargo, si tienes un contrato con una tarifa de datos muy barata (inferior a 1 euro/GB en 2022 y que disminuye progresivamente), tu operador puede aplicar un límite de «utilización razonable» de datos en roaming cuando estés de viaje. Este límite puede ser inferior a tu límite de datos nacional.
El límite se basa en el precio de tu contrato nacional de telefonía móvil. Tu operador debe comunicarte previamente ese límite y avisarte cuando lo alcances. Podrás seguir consumiendo datos en roaming aunque hayas llegado al límite, pero tu operador aplicará un recargo.
Control del uso del roaming
De acuerdo con su política de utilización razonable, los operadores pueden controlar y comprobar tu actividad de roaming durante un período de cuatro meses. Si, durante ese período, has pasado más tiempo en el extranjero que en tu país Y el uso de los servicios de roaming supera el de los nacionales, tu operador puede ponerse en contacto contigo y pedirte que aclares tu situación. Tienes catorce días para hacerlo.
Si sigues pasando más tiempo en el extranjero que en tu país y tu consumo en roaming sigue superando al nacional, el operador puede empezar a cobrarte un recargo por el uso de servicios de roaming. Los recargos (IVA no incluido) tienen los siguientes límites:
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